Nuevas amenazas a nuestras libertades
Nuevas amenazas a nuestras libertades
¿Qué ha pasado este verano?
Ley influencer (Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual)
Ley de Secretos Oficiales (Ley 9/1968)
Ley Pre - Corralito
Esta ley permite conocer todo aquella información de carácter financiera, sin necesidad de autorización judicial y de manera inmediata. Fiscalización máxima, saltándose incluso la ley de protección de datos personales.
La entidades financieras deberán declarar periódicamente la apertura y cancelación de cuentas y arrendamientos de cajas fuertes. Controlarán todo lo que tenemos, dentro del marco de la Unión Europea.
Ley Influencer
*El Estado fijando qué es "desinformación"...
Ejemplo de infracción grave: Es obligatoria la Inscripción registro si eres usuario de especial relevancia. En caso de no inscripción las multas impuestas son a partir de los 30.000e.
No registrarte es una infracción grave
La emisión de contenidos audiovisuales que de forma manifiesta inciten a la violencia, a la comisión de un delito de terrorismo o de pornografía infantil o de carácter racista y xenófobo, al odio o a la discriminación contra un grupo de personas o un miembro de un grupo por razón de edad, sexo, discapacidad, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, raza, color, origen étnico o social, características sexuales o genéticas, lengua, religión o creencias, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, nacionalidad, patrimonio o nacimiento.
*Es decir, es infracción muy grave cualquier cosa que no encaje en el discurso oficial del Estado.
Esta ley vulnera directamente los derechos a la libertad de expresión y de información.
Otorga al Estado el poder de censura por la vía administrativa, es decir, saltándose el poder judicial
El régimen sancionador depende directamente del poder político, el cual no tiene ningún control. Además esta ley sale adelante con el beneplácito de todos los partidos políticos.
Ley Secretos Oficiales
Este es un ante proyecto de ley contiene los siguientes cambios:
- Serán castigados los medios de comunicación que ofrezcan información de aquello que sea considerado secreto oficial
- Se ha ampliado la lista de autoridades que pueden definir qué es susceptible de ser secreto oficial.
- La decisión de clasificar una información como confidencial o restringida será “de un elenco de autoridades que aparecen referidas en la ley que van desde los propios ministros, secretarios de Estado, subsecretarios, delegados del Gobierno, director o directora del CNI, director de la Policía Nacional o Guardia Civil…”.
- El propio gobierno podrá declarar el secreto oficial. La competencia pasa a ser del ministerio de presidencia.
Publicación instragram
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-12644
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-11311
https://www.rtve.es/noticias/20220801/gobierno-lleva-consejo-ministros-nueva-ley-secretos-oficiales/2393240.shtml
https://maldita.es/malditodato/20220817/anteproyecto-ley-secretos-oficiales/
Muy buen post! Lo comparto en mis redes! 😊
ResponderEliminarMuchas gracias!!
EliminarMuy esclarecedor. Muchas gracias por tu esfuerzo divulgador. Te seguimos!
ResponderEliminarMuchas gracias Martín!
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